Estados tienen obligación de garantizar derechos del migrante
La Revista del Instituto de Estudios Internacionales- IDEI–Bolivia ha incluido en la sección de Leyes y Jurisprudencia la Opinión Consultiva OC- 18-03, de 17 de septiembre de 2003, solicitada por los Estados Unidos Mexicanos acerca de la condición jurídica y derechos de los migrantes indocumentados.
La parte resolutiva de dicha Opinión dice: Por las razones expuestas, La Corte, decide por unanimidad, Que es competente para emitir la presente opinión consultiva. Y es de opinión por unanimidad:
1. Que los Estados tienen la obligación general de respetar y garantizar los derechos fundamentales. Con este propósito deben adoptar medidas positivas, evitar tomar iniciativas que limiten o conculquen un derecho fundamental, y suprimir las medidas y prácticas que restrinjan o vulneren un derecho fundamental.
2. Que el incumplimiento por el Estado, mediante cualquier tratamiento discriminatorio, de la obligación general de respetar y garantizar los derechos humanos, le genera responsabilidad internacional.
3. Que el principio de igualdad y no discriminación posee un carácter fundamental para la salvaguardia de los derechos humanos tanto en el derecho internacional como en el interno.
4. Que el principio fundamental de igualdad y no discriminación forma parte del derecho internacional general, en cuanto es aplicable a todo Estado, independientemente de que sea parte o no en determinado tratado internacional. En la actual etapa de la evolución del derecho internacional, el principio fundamental de igualdad y no discriminación ha ingresado en el dominio del jus cogens.
5. Que el principio fundamental de igualdad y no discriminación, revestido de carácter imperativo, acarrea obligaciones erga omnes de protección que vinculan a todos los Estados y generan efectos con respecto a terceros, inclusive particulares.
6. Que la obligación general de respetar y garantizar los derechos humanos vincula a los Estados, independientemente de cualquier circunstancia o consideración, inclusive el estatus migratorio de las personas.
7. Que el derecho al debido proceso legal debe ser reconocido en el marco de las garantías mínimas que se deben brindar a todo migrante, independientemente de su estatus migratorio. El amplio alcance de la intangibilidad del debido proceso comprende todas las materias y todas las personas, sin discriminación alguna.
8. Que la calidad migratoria de una persona no puede constituir una justificación para privarla del goce y ejercicio de sus derechos humanos, entre ellos los de carácter laboral. El migrante, al asumir una relación de trabajo, adquiere derechos por ser trabajador, que deben ser reconocidos y garantizados, independientemente de su situación regular o irregular en el estado de empleo. Estos derechos son consecuencia de la relación laboral.
9. Que el Estado tiene la obligación de respetar y garantizar los derechos humanos laborales de todos los trabajadores, independientemente de su condición de nacionales o extranjeros, y no tolerar situaciones de discriminación en perjuicio de éstos, en las relaciones laborales que se establezcan entre particulares (empleador-trabajador).
El Estado no debe permitir que los empleadores privados violen los derechos de los trabajadores, ni que la relación contractual vulnere los estándares mínimos internacionales.
10. Que los trabajadores, al ser titulares de los derechos laborales, deben contar con todos los medios adecuados para ejercerlos. Los trabajadores migrantes indocumentados poseen los mismos derechos laborales que corresponden a los demás trabajadores del Estado de empleo, y este último debe tomar todas las medidas necesarias para que así se reconozca y se cumpla en la práctica.
11. Que los Estados no pueden subordinar o condicionar la observancia del principio de la igualdad ante la ley y la no discriminación a la consecución de los objetivos de sus políticas públicas, cualesquiera que sean éstas, incluidas las de carácter migratorio. (…)
Plaga motorizada contamina nuestro medioambiente
Orlando Caballero
Orlando Caballero
Como si fuera una novedad, que desde mucho tiempo atrás, muchos de los motorizados que circulan por nuestra ciudad de Quillacollo, contaminan el ambiente sin ninguna consideración a vista y paciencia de habitantes y autoridades que poco hacen para controlar la emisión de gases de dichos vehículos. Ni qué decir del transporte pesado, con motores a diesel, cada vez que un chofer de este sector pisa el acelerador, vemos salir nubes de humo negro que contamina hasta hacernos toser.
No deberíamos quedarnos callados, si este sector del transporte usa nuestras carreteras, las desgasta hasta ahondarlas, por lo menos tendrían que tener el cuidado de arreglar sus motores. Y si además de desgastar nuestras vías provocan trancaderas cuando transitan por la ciudad y avenidas; nuestras autoridades mínimamente deben emitir sanciones o de lo contrario otorgar un premio al vehículo que contamine más nuestro medioambiente.
Estas medidas deberían aplicarse también a los vehículos con motores a gasolina que no dejan de ser otros contaminadores del ambiente, inclusive de mayor riesgo, pues los mismos con sus motores gastados, que necesitan cambio de anillas o rectificación del motor.
Ahora que estamos en el tiempo de la “revisión técnica”, no sería menester revisar también el estado del motor, especialmente si el mismo emana gran cantidad de humo, lo cual ameritaría por lo menos una llamada de atención al propietario del motorizado, dándole un plazo perentorio para reparar el motor de su vehículo, que de no cumplir dicho plazo, sacarlo de circulación que sería lo más adecuado hasta que el propietario, haga conciencia del perjuicio que ocasiona al medioambiente y sus congéneres.
Del mismo modo, los personeros de tránsito que vean vehículos emanando humo, deberían pararlos y advertirles de la necesidad de reparar sus motorizados o cambiarlas, dándoles también un plazo perentorio que de no cumplirlos, sacarlos también de circulación.
Hay mucho por hacer en la ciudad, ¿verdad? Esperamos tomen nota también los ambientalistas, los postulantes a dirigir la Alcaldía y por supuesto todos los ciudadanos, ya que se trata de un bien común para una mejor convivencia con aire puro para nuestros pulmones.
Vulnerabilidad social en la ciudad de Quillacollo
Lic. Juan Clavijo Román
TASA NETA DE SECUNDARIA (TNS)
Porcentaje de niños matriculados con la edad escolar que corresponde al nivel educativo, respecto a la población en edad escolar para nivel secundario. Cuanto mayor la cobertura, menor vulnerabilidad. Los matriculados en el quinquenio en el nivel secundario ha bajado de un 66.74% a un 60.75%. Esto quiere decir que hay mucha vulnerabilidad en este sector.
AÑOS 2005 2006 2007 2008 2009
% 66.74 63.74 62.45 60.66 60.75
TASA DE TÉRMINO A CUARTO DE SECUNDARIA (TT4)
Porcentaje de la población de 17 años promovida a cuarto grado de secundaria, con respecto a la población de 17 años. Cuanto mayor es esta tasa, la vulnerabilidad es menor. El año 2007 muestra que los alumnos promovidos a cuarto de secundaria, ha sido el más bajo del quinquenio, recuperando hasta un 66.20% en el año 2009.
AÑOS 2005 2006 2007 2008 2009
% 66.14 66.09 62.74 64.03 66.28
TASA DE ABANDONO DE SECUNDARIA (TAS)
Es el porcentaje de la población matriculada en secundaria, independiente de la edad que tenga, que abandona durante la gestión escolar, con respecto a la población total matriculada en secundaria. A mayor tasa mayor vulnerabilidad. La tendencia en la ciudad de Quillacollo, de abandonos en el nivel de secundaria ha bajado sustancialmente, de un 9.78% a un 5.60%, esto es muy significativo.
AÑOS 2005 2006 2007 2008 2009
% 8.80 9.78 9.10 8.06 5.60
TASA DE REPROBACIÓN DE SECUNDARIA (TRS)
Es el porcentaje de la población en secundaria, independiente de la edad, que reprueba durante la gestión escolar, con respecto a la población total matriculada en secundaria. A mayor tasa mayor vulnerabilidad. El año 2008, muestra una reprobación baja de un 7.94%, subiendo en 2009 a un 9,96%, entonces se ha incrementado sustancialmente la reprobación en el nivel secundario.
AÑOS 2005 2006 2007 2008 2009
% 10.28 10.26 10.14 7.94 9.96
TASA DE ANALFABETISMO (TA)
Es el porcentaje de la población de 15 a 44 años de edad que no sabe leer ni escribir, con respecto a la población total de ese mismo grupo de edad. Cuanto mayor es esta tasa hay mayor riesgo, por tanto mayor vulnerabilidad. La tasa de analfabetismo en la ciudad de Quillacollo, alcanza a un 3.41%. Es decir que de cada 100 personas de 15 a 44 años, tres personas son analfabetas.
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